Ombudsperson Académico

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Muchos piensan que se trata de una palabra de origen anglosajón, cuya terminación "man" hace referencia a una persona del sexo masculino que defiende los derechos de las personas. Esto no es así del todo. La palabra Ombudsman tiene su origen en la Suecia del Siglo XIX y, de acuerdo con Mireya Castañeda, significa representante, mediador, agente, guardián y, en sentido estricto, -dice la autora del libro La Protección no jurisdiccional de los derechos humanos en México- la expresión completa en su idioma original es "Justitie-Ombudsman", que se puede traducir como "comisionado de justicia", el cual fue instituido en ese país para vigilar la actuación de las autoridades administrativas.

En el caso de México, hasta hace algunos años la palabra era sólo conocida en los círculos académicos. 

Actualmente, la palabra Ombudsman designa a las y los titulares de las Instituciones Nacionales encargadas de la protección no jurisdiccional de los derechos humanos en diferentes países de Iberoamérica. En el caso mexicano, desde el 6 de junio de 1990, el país cuenta con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que es la institución del Estado mexicano encargada de proteger y promover los derechos de todas las personas que habitan en territorio nacional y a cuyo titular se le conoce como Ombudsman.

Sin embargo, para evitar confusiones con dicho término, en marzo de 2018, durante el XXII Congreso Internacional de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), realizado en la ciudad de Panamá, Panamá, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México propuso utilizar la palabra Ombudsperson en el lugar de Ombudsman.

El Instituto Interamericano de Investigación y Docencia en Derechos Humanos es un ombudsperson académico, integrado por un grupo de expertos: Doctores Honoris Causa en Derechos Humanos y Humanitarismo, que los faculta a emitir opiniones, peticiones, recomendaciones a instituciones públicas y privadas, elaboradas por expertos académicos nacionales e internacionales, en aras de evitar abusos y excesos en materia de violación a Derechos Humanos.